Calculadora de incapacidades y licencias en Colombia
Quién paga cada día de incapacidad y cuánto.
Total de la incapacidad
$ 1.000.050
Base diaria: $ 100.000 (salario ÷ 30)
- Días 1 a 2 · Empleador2 días × $ 66.670 (66,67 %)
- $ 133.340
- Días 3 a 15 · EPS13 días × $ 66.670 (66,67 %)
- $ 866.710
Nunca se paga menos de un salario mínimo diario. Los valores son una referencia: la EPS, la ARL o el fondo de pensiones liquidan según tu historial de cotización y los certificados médicos.
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Los resultados son una estimación informativa con la normativa vigente a viernes 16 de octubre de 2026. No reemplazan la asesoría de un abogado, contador o del Ministerio del Trabajo, ni un cálculo oficial de tu empleador o entidad.
¿Qué es y cómo funciona?
Cuando una enfermedad te impide trabajar, la incapacidad médica reemplaza parte de tu salario. Quién paga y cuánto depende de los días: los dos primeros los asume el empleador, del día 3 al 90 paga la EPS y a partir del día 91 cambian el porcentaje y, luego, el pagador.
En enfermedad general se paga 66,67 % del IBC al comienzo, con un mínimo de un salario mínimo diario. Si el origen es laboral, la ARL paga el 100 % desde el primer día. Las licencias de maternidad (18 semanas) y paternidad (2 semanas) se pagan al 100 % del IBC.
Cómo se calcula
- Define el IBC: tu salario, entre 1 y 25 salarios mínimos.
- Divide el IBC entre 30 para obtener el valor de un día.
- Aplica el porcentaje de cada tramo según los días de incapacidad.
- Si el resultado es menor a un salario mínimo diario, se paga el mínimo.
Fórmulas
IBC ÷ 30 × porcentaje del tramoEjemplo resuelto
Un trabajador con salario de $ 3.000.000 tiene una incapacidad por enfermedad general de 10 días.
| Días 1–2 · Empleador (66,67 %) | $ 133.340 |
| Días 3–10 · EPS (66,67 %) | $ 533.360 |
| Total a recibir | $ 666.700 |
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Preguntas frecuentes
¿Quién paga los primeros días de incapacidad?
Los dos primeros días los paga el empleador. Desde el tercer día paga la EPS, siempre que estés al día en tus aportes.
¿Cuánto dura la licencia de maternidad?
18 semanas (126 días), pagadas al 100 % del IBC por la EPS (Ley 2114 de 2021).
¿Y la licencia de paternidad?
2 semanas (14 días) desde el nacimiento, con requisitos de cotización durante la gestación.
¿Cuánto es lo mínimo que me pagan?
Nunca menos de un salario mínimo diario ($ 58.364 en 2026).
Base legal
- Decreto 780 de 2016, artículo 2.2.3.2.1 y siguientes.
- Ley 1822 de 2017 y Ley 2114 de 2021 (licencias).
- Decreto 1295 de 1994 (riesgos laborales).